Usuario anónimo ¿Quieres tener tu propio blog?
Crear blog gratis en OboLog

Gobierno, imss y sntss

miércoles, 13 de agosto del 2008 a las 05:51

LAVANDO NUESTRA REPUTACIÓN Y PASANDOSELA A QUIENES DE VERDAD SON LOS VERDADEROS RESPONSABLES: GOBIERNO, IMSS Y SNTSS

Compañeros/as

Somos una organización sindical de la cual su composición es diversa, desde la mas humilde, trabajadores de intendencia, dietología, oficina, enfermería, servicios, técnicos, hasta la de los  profesionales como el Medico de distintas especialidades y algunos con diferentes rangos, todos por igual hasta aquí coincidimos en el mismo interés que son los objetivos de aspirar a una mejor condición de trabajo, mejor remunerada, mejores condiciones de vida y a que nuestros derechos y dignidad como trabajadores y empleados sean respetados sin condicionamientos de ninguna clase.

Pero, además, buscamos que por igual tanto nuestro SNTSS y la institución para la que trabajamos IMSS garanticen que los recursos que reciben sean utilizados para ese fin, de manera transparente y responsable. Es el objetivo, entonces, no solo se enfocan en nuestros intereses y derechos, sino en los que por igual tienen cientos de trabajadores y cientos de miles de derechohabientes afiliados a esta institución de salud, recibir lo que les corresponde se entiende es la finalidad por la que ha sido creada en su nombre Instituto Mexicano del Seguro Social. Por lo tanto aspiramos a que esa enorme cantidad de trabajadores, con quienes interactuamos cotidianamente, puedan tener acceso y las mismas oportunidades para el desarrollo de que gozamos nosotros y gozan otros sectores, privilegiados de una u otra forma, de la sociedad.

Como expresión de los trabajadores afilados al SNTSS, es grave lo que esta pasando, les digo no se dejen engañar la delincuencia se ha apoderado de nuestro sindicato, hacemos un llamado a los compañeros y compañeras, del CEN, seccionales, delegacionales, y delegados a congresos, para que contribuyan a conformar el peso que equilibre la balanza de la negociación colectiva, como una forma privilegiada de resolver los conflictos laborales, así como las contradicciones que puedan derivar de las distintas visiones y enfoques, en el entendido que toda negociación se debe de dar siempre apegada a conseguir mejoras tanto económicas y laborales, hemos tenido malas experiencias con este sindicato sin lugar a dudas, ya que han firmado y tomado acuerdos  autoritarios que han lesionado gravemente  nuestros intereses, por igual estos mismos no conformes, han estado permitiendo se este incorporando la multiplicidad del trabajo ante la nulidad de la contratación, les recordamos que por igual han permitiendo se estén realizando funciones ajenas al tipo de contratación y nombramientos de acuerdo a nuestro tipo de actividades que se deben de realizan. Las practicas delictivas y anti estatutarias son muy comunes nada raras de quienes no cuentan con la simpatía y el apoyo de la mayoría de la clase trabajadora, no nos debe de extrañar si estos estén buscando el promover e imponer su reelección, para continuar traicionando, haciendo mal uso de nuestros recurso económicos,  en la compra de conciencias, la mentira, abuso y uso indebido del ejercicio del poder, practicas arbitrarias llevadas desde hace años, desafortunadamente al interior de nuestro sindicato se han venido realizando practicas mafiosas o gansteriles que es la de sancionar con la única intención de tratar de reprimir e intimidar, se han hecho despidos injustificados de representantes sindicales que han defendido el contrato colectivo que rige las relaciones laborales y en el entendido que dichos acuerdos fueron acordado con la promesa de hacerlos valer y respetarlos las dos partes, no respetados, las causas ante la adversidad, la represión brutal, de la que en este momento están siendo objeto algunos compañeros hoy en día  como represalias por parte de los representantes del CEN.

 El hostigamiento político y laboral es una realidad ocultada, solapada y promovida por el gobierno federal al interior de esta institución de carácter publico y federal, como ejemplo podemos mencionar las medidas represoras que han sido tomadas por parte de algunos funcionarios, acompañada por la represión emprendida por el Comité ejecutivo a través de la comisión nacional de honor y justicia, que ha suspendido derechos sindicales sin el proceso debido a trabajadores, delegados sindicales incluso retirándoles la representación sindical de manera ilegal violando leyes y estatutos sindicales."

Por lo tanto considero que solo unidos podremos enfrentar las decisiones arbitrarias que se han estado suscitando al interior de nuestro sindicato, el gobierno debe de reconocer y tomar medidas urgentes y corregir esta clase de criterios equivocados apoyando la delincuencia, su obligación es orientar su trabajo hacia objetivos más altos y justos que a largo plazo incidan en mayor eficacia y contribuyan a realizar los cambios necesarios en esta realidad de exclusión y marginación que sufre una gran mayoría de Mexicanos, olvídense de mentir, su nulo apoyo a traído consecuencias graves con un incremento de denuncias, su negativa a la contratación en la actualidad se encuentran hospitales insalubres, como resultado muertes por infecciones nosocomiales como los pasados en Torreón Coahuila en la CL 16, y los no mencionados, desde luego ocultados después, permitiendo que los responsables, algunos se les permitió o encubrió para que pudieran pensionarse, la otra parte demando ganándoles el juicio como lo es la que fungió como administradora, y que solo se le bajo de nivel, y otros continúen realizando sus actividades delictivas como la encargada de personal que en la actualidad ya premiada esta de administradora en otra clínica, quien ha sido la responsable de seguir cobrando cheques de un compañero supuestamente rescindido y descubierto cuando EL COMPAÑERO casualmente pregunto sobre su caso en las oficinas del D.F. y que no existía rescisión alguna. No nieguen la historia. Somos el resultado de un procesos que nos han marcado y en este caso, nos han llevado a organizarnos para enfrentar estas injusticias y arbitrariedades; pero también somos responsables de nuestro presente, de incidir en el rumbo que tome la institución para lograr un futuro digno, del que nos podamos sentir orgullosos frente a nuestras familias, a la sociedad y frente a los compañeros y compañeras trabajadores/as En esa dirección, debemos proponernos fortalecer la presencia del movimiento de trabajadores del SNTSS que orgullosamente, formamos parte.

Debemos de aprender a aprovechar este espacio que ahora tenemos, como organización de trabajadores/as, ya que para ninguno de nosotros ha sido gratuito, bastante caro hemos pagado la imposición de la delincuencia debido a su fuerza, trafico de influencias, relaciones con el narco, riqueza, nexos con el gobierno o por el PODER mismo, utilizado injustificadamente para permitir la EXPLOTACIÓN o DAÑAR ¿Cómo puede ejercer correctamente el PODER quien desconoce la función principal para la cual se le fue dio la confianza?, eso es desconocer los fundamentos básicos del puesto que le da PODER, utilizándolo incorrectamente y lo que lo convierte en un PODER ESPURIO. ¿Quien ha demostrado ser ESPURIO?, solo quien desconoce su función principal, no debe tener el más mínimo respaldo de la base trabajadora, quienes verdaderamente son los que tienen el verdadero PODER.

http://www.tiempoenlinea.com.mx/

Desfallece IMSS por ausentismo y las componendas sindicales
Citlalli López

[07:58] La agonía del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) evidenciada en falta de personal y servicio deficiente ha sido provocada por el Sindicato Único de Trabajadores del IMSS el cual, lejos de salvaguardar los derechos de sus agremiados, se ha dedicado a tejer componendas que permite a los líderes la permanencia al frente del sindicato.

Trabajadores de base y sindicalizados que pidieron el anonimato, denunciaron que al interior del IMSS existe un serio problema por falta de calidad en el servicio provocado por el sindicato.

En medio de todo han quedado los derechohabientes a quienes, "por falta de personal" no les pueden brindar un servicio.

Largas filas de pacientes se formaron ayer en las instalaciones de la unidad central del IMSS. "No hay personal, regrese mañana", les indicaban a quienes acudían a programas sus citas. Y es que, al menos el área de laboratorio se quedó con el 30 por ciento de sus trabajadores, el resto se fue de vacaciones.
"Hay compañeros que quieren trabajar pero muchas veces el sindicato los obstaculiza para desestabilizar y que el delegado ceda a los chantajes", señaló un trabajador sindicalizado.

Por vacaciones en la ventanilla para programar citas para laboratorio hay sólo una secretaria, la fila de derechohabientes es inmensa; esperan por horas para recoger resultados o para que les programen sus citas; hay enojo, molestia, impotencia.
"No tenemos para pagar un servicio particular y con la mano en la cintura nos dicen regresen mañana", se quejó José Luis Ramos.

director@tiempoenlinea.com.mx

Denuncian mal Servicio del IMSS


COLIMA, COL., 11 de agosto.- Derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) denunciaron a Colima Noticias el mal servicio que prestan en el área de urgencias y en laboratorio, debido a que tardan hasta dos horas en atender a los pacientes, igual para sacar sangre o entregar análisis, hecho que fue constatado con la visita de un reportero a la clínica ubicada por la avenida de Los Maestros.

La señora Josefina López explicó que llevaba casi media hora esperando en la sala de urgencias para que atendieran a su hija de alta temperatura (fuebre). La sala de espera carece de aire acondicionado y fuimos testigos de cómo ninguna enfermera se tomaba la molestia en por lo menos ponerles un termómetro a los pacientes con fiebre o tomarles la presión.
Una jovencita estuvo a punto de desmayarse del dolor en el estómago en su asiento. Dijo que llevaba más de una hora esperando que la atendieran. Otro joven fue atendido por el médico después de casi dos horas y al tomarle la temperatura se dieron cuenta que su estado era grave, por lo que de inmediato lo inyectaron en la vena. Cabe señalar que sus familiares mojaban los pañuelos cada rato para bajarle la temperatura mientras esperaba en su asiento.

Jorge Manuel Cervantes, familiar de un paciente, reconoció que mucha gente que llega a la sala de urgencias mejor se retira a una clínica particular. "Eso no pasa en el Issste, porque yo llevé a una hermana y luego luego le pusieron el termómetro y como a los diez minutos la atendieron, porque traía el dengue".

Por su parte, Georgina Santos dijo que es necesario que el delegado del IMSS se "diera de vez en cuando una vueltecita por aquí, que venga a solicitar un servicio de urgencias como nosotras, y que se siente a esperar que lo atiendan dos horas, para que vea lo que sentimos los que tenemos problemas de salud".

Constatamos que en la sala de espera de urgencias no hay agua, las lámparas de luz no funcionan y no hay ventilación. Notamos también la desesperación de la gente por la tardanza con que son atendidos por los médicos en turno.

PARA SACAR SANGRE Y ENTREGAR ANALISIS, UN CALVARIO

De igual forma, los derechohabientes denunciaron que también en el área de laboratorio deben pasar entre dos y tres horas para que te reciban los análisis o te saquen sangre.

El reportero llegó a la clínica del IMSS a las 7 de la mañana y notó cerca de medio centenar de gente afuera y adentro de la clínica. Se metió y tomó la ficha número 98, lo que indica que antes de él habían llegado 97 personas a solicitar el servicio.

Un paciente que traía la ficha número 45 dijo que había llegado a las 6:15 de la mañana y el que traía la ficha número uno dijo que llegó a las 4:00 de la mañana, quería ser de los primeros, porque se iría a Guadalajara a las 10 de la mañana.
Los derechohabientes son citados a las 7 de la mañana, sea para sacar sangre o entregar los análisis para el laboratorio. Las puertas de la clínica se abren precisamente a las siete de la mañana, pero la fila ya es enorme. Entra el montón e gente y agarran su ficha cada uno y se salen, unos a tomar café, otros a esperar que les empiecen a llamar a las 7:30 de la mañana.

A esa hora empiezan con un altavoz, "de la ficha 1 a la 20 hagan una fila" y ahí va la gente a formarse, unos a sacar sangre o otros a sólo entregar las muestras de orina o fecal. Como a los 20 o 30 minutos, vuelven a llamar.."de la ficha 20 a la 40.." y así sucesivamente. Eran las 8:45 se informaba que pasaran de la ficha 80 a la 100 y así sucesivamente.

Los pacientes afirman que ese problema se resuelve sencillamente poniendo a una persona que se dedique a sólo recoger las muestras conforme vayan llegando y el otro departamento se dedique a sacar sangre, "pues son desconsiderados, venimos sin desayunar y nos hacen esperar de tres a 4 horas, eso no está bien", manifestó Horacio Jiménez, que es pensionado.

Políticas neoliberales acaban con el IMSS

 

Las políticas neoliberales y los tecnócratas están acabando con el Instituto Mexicano del Seguro Social (imss), expresó Pablo Anaya Rivera, Presidente Municipal de Poza Rica, al explicar que actualmente esta institución está saliendo adelante gracias a la buena voluntad de sus profesionales, ya que anualmente les están reduciendo el presupuesto y aumentando la derechohabiencia. Anaya Rivera dijo que las políticas neoliberales que llegaron al país han reducido paulatinamente el presupuesto destinado al imss, el cual actualmente se mantiene gracias a la buena voluntad de sus médicos quienes atienden a más de 4 mil derechohabientes, cuando deberían atender a mil 400, y que a veces han sacado de su bolsa para ayudar a sus pacientes. Así mismo como de sus demás profesionistas que han puesto insumos de sus casas para trabajar. En estas reducciones no hay topes, estas políticas son contrarias a la salud, señaló el Alcalde. El imss atiende al 50 por ciento de la población del país, sin embargo no tiene los recursos suficientes para sostenerse, de persistir estas políticas la institución de salud más grande del país, tiende a desaparecer. Anaya Rivera destacó el trabajo que realizan al interior del instituto los médicos Óscar Martínez Uribe, del imss, y Francisco Javier López Atzin, del sindicato, quienes hacen lo que pueden con el recurso que se les asigna. Anaya Rivera lamentó que en el trabajo de los tecnócratas se destine presupuesto de Salud Pública que debiera ser utilizado a la atención médica o a la compra de medicamentos, sea ocupado en campañas publicitarias para el instituto. «Al paciente no le interesa lo que tiene el seguro, sino curarse», puntualizó el Alcalde. El presidente señaló que para revertir esta situación que está debilitando al instituto es necesaria la voluntad de los actores políticos para fortalecer este sector tan necesario y marginado.

Constitución politica de los estados uniods mexicanos

jueves, 24 de julio del 2008 a las 18:44

Constitución politica de los estados uniods mexicanos

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas

Para los Derechos Humanos

Ginebra, Suiza

Derechos Human Rights
Oficina en EEUU

46 Estabrook ST.
San Leandro, CA 94577
US
dh@derechos.org

Oficina en Europa

B.P. 10030
Rue d'Orleans 1
6000 Charleroi 2
Bélgica
Phone:+32.(0)71.798634
Fax:+32.(0)71.304579
dh@derechos.org

Oficina en América Latina

Avenida Almirante Brown 918
(1159) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Argentina
arg@derechos.org

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación Convenio (N. 87) sobre la libertad sindical y la protección del trabajo en su trigésima primera reunión Adoptado el 9 de julio de 1948 por la Conferencia General de la Organización
Internacional del Trabajo en su trigésima primera reunión Entrada en vigor: 4 de julio de 1950, de conformidad con el artículo 15

Parte I

Libertad Sindical

Artículo 1

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a poner en práctica las disposiciones siguientes.

Artículo 2

Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Artículo 3

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 4

Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.

Artículo 7

La adquisición de la personalidad jurídica por las organizaciones de trabajadores y de empleadores, sus federaciones y confederaciones no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite la aplicación de las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 de este Convenio.

Artículo 8

1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente Convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

2. La legislación nacional no menoscabará ni será aplicada de suerte que menoscabe las garantías previstas por el presente Convenio.

Artículo 10

En el presente Convenio, el término "organización" significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores.

Parte II

Protección del derecho de sindicación

Artículo 11

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a adoptar todas las medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del derecho de sindicación.

ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIODS MEXICANOS

Todo Trabajador tiene a su favor una serie de derechos que pueden estar previstos en la ley, en el contrato colectivo de trabajo, en la costumbre, etcétera. Esos derechos son irrenunciables y, conforme a los artículos 123, fracción XXVII, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5o. fracción XIII, VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. y 33 de la Ley Federal del Trabajo, las convenciones que impliquen su renuncia o menoscabo son nulas y no obligan al trabajador, de ahí que resulte ilegal, aun dándose la situación de desistimiento, invocar el principio de autonomía de la voluntad para dejar de aplicar normas laborales cuya observancia es de orden público.


creo que debemos diferenciar una acción de un derecho, pues son dos figuras jurídicamente diferentes, dado que generalmente el ejercicio de una acción es algo meramente potestativo para el titular de un derecho; y por lo que hace a los derechos laborales, estos caen en la clasificación de derechos subjetivos, lo que implica que son facultades que por el orden jurídico son atribuidas a un individuo(esto lo dice Ignacio de Casso y Romero en su diccionario de Derecho Privado)así, en el caso de los derechos laborales, pertenecen al orden público y resultan ser irrenunciables, existiendo tal disposición tanto en nuestra Carta Magna como en la propia Ley de la Materia.

Así mismo, tenemos también criterios de algunos civilistas en cuanto al desistimiento de una acción que implica la renuncia al derecho que se pretendía hacer valer en el juicio; lo cual nos llevaría a la interpretación: que siendo los derechos laborales irrenunciables, no es procedente el desistimiento de la acción.

Con respecto de los derechos que no son renunciables, y estoy de acuerdo en llevar esta controversia a alguna personalidad con voz mas autorizada,  Es defendible cualquier postura, pero coincido en que un Trabajador que ha sido obligado, o por error se desistió, puede hacer valer la supremacía Constitucional de sus derechos (que son de Orden Público), por encima del desistimiento, que es una voluntad particular.

El desistimiento de la acción no implica renuncia al derecho

Al estudiar la irrenunciabilidad de derechos, parte de la sana premisa de que la parte débil de la relación, necesariamente se encuentra en inferioridad de condiciones al pactar (renuncias). Por ello delimita claramente que "Realmente no se concibe que el trabajador, o cualquier otra persona en su sano juicio, acepte alteraciones contractuales que lo perjudiquen, renunciando así voluntariamente, a derechos adquiridos o que tiene la expectativa legítima de adquirir en el futuro. Y si acepta el cambio que lo perjudica, será evidente que lo hace por necesidad, forzado por su situación de inferioridad jurídica y económica que lo obliga a optar por el mal menor, frente a otros que se le ocasionarían en caso de no acceder a la imposición patronal (represalias, despidos, etc.). Y el derecho del trabajo no puede ignorar esta realidad.".
La cita anterior obliga a definir el término "optar". La pregunta es ¿Cómo o cuándo se "opta"?. Acuciado el débil ante la opción, lo más probable es que "coopte" y no que "opte". "Optar", es elegir, y cuando se elige sometido a una relación de dominación, el margen de maniobra, se reduce a su mínima expresión. Por ello, es como si existiera una diferencia -sutil pero trascendente- entre uno y otro término. Todo ello, lleva a la diferenciación de quién es libre verdaderamente para optar, y quien no lo es como para cooptar (o ser cooptado, depende del lado de la relación en que se lo mire). La pregunta, entonces, debiera ser ¿es posible -para el juez- determinar con claridad cuándo el trabajador, acuciado al punto tal de verse obligado a "renunciar derechos" lo está haciendo consciente de su situación y aún así aceptándolo o, viéndose obligado a padecer un mal mayor, se somete a la voluntad del fuerte de la relación?. La pregunta -obviamente- condiciona la situación procesal de cada parte, ya que si el trabajador está obligado a acreditar la configuración de un hecho que la ley presume, su carga probatoria se ve naturalmente acrecentada, lo que aparece consecuentemente, como un retroceso al elegirse la solución contraria al favor operario por parte de la jurisprudencia.

"En conclusión, los jueces deberán actuar en la apreciación de los hechos con criterio amplio o estricto, de acuerdo a las circunstancias, cuidando siempre que se respete la buena fe contractual y se evite toda forma de abuso del derecho. La tensión que se produce entre la necesidad de que las partes reglen sus propias relaciones con cierta libertad (principio de la autonomía de la voluntad), y que el empleador no aproveche su situación de preeminencia para perjudicar al trabajador, debe ser resuelta por los jueces con prudencia, tratando de evitar que se llegue a una excesiva rigidez negocial, lo cual puede perturbar tanto la armonía interna de la relación laboral  como el normal desenvolvimiento de la empresa. Del mismo modo deberán actuar enérgicamente cuando constaten que, a través del acuerdo modificatorio, se ha producido un perjuicio relevante al trabajador, lo que normalmente ocurrirá cuando el empleador haya logrado ese resultado en virtud de su proceder abusivo, discriminatorio o arbitrario, aprovechándose de su situación de supremacía y mayor poder negocial".

Es de nuestro  interés, a través de la presente, denunciar ante estas instancias y la CNDH aportando una información detallada y artículos relacionados que demuestran del deterioro que han presentan los Derechos Laborales y del hostigamiento laboral a la que se ha llevado por parte del SNTSS, como por igual denunciar los abusos a los derechos laborales y humanos que han sufrido los compañeros trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social como un claro ejemplo ponemos a los compañeros pertenecientes a la DELEGACION SINDICAL No. 12, SEC IX-  SNTSS de VERACRUZ, VER. Expediente CNHJ/306/08 EXPED. Nº CNHJ/045/08 CON FECHA DEL 29 de junio del 2008 C. ADAN  RAMIREZ  GARCIA C. ENFRO. GRAL. VICTOR DURAN  HUESCA de la DELEGACIÓN SECCIÓN XVI TABASCO C. Y CON OFICIO Nº 078/08 CON FECHA DEL 19 DE FEBRERO DEL 2008 JAVIER FERNANDO VAZQUEZ CALCANEO, ENFRO. VIDAL WILIAMS LARA SOSA, DR. FLORENTINO MOLINA MOLINA, C. GUADALUPE DEL CARMEN PANTOJA OVANDO DR. PEDRO CASTRO CASTRO, C. MARIA GRECIA HERNANDEZ reprimidos por medio del retiro de sus derechos sindicales por parte del  líder sindical el Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso, del SNTSS "perteneciente a la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), " así como una nueva condena por violación de forma sistemática de las Normas Internacionales del Trabajo y Partiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A la vez que encontramos la manera más eficaz de defender las libertades y los derechos de los trabajadores tomando como base para ello, los mecanismos contemplados por las propias estructuras de la OIT.

Sobre esta situación del Sindicalismo en México y como claro ejemplo el del SNTSS, podemos afirmar que existe una verdadera situación deplorable en materia de derechos humanos y sindicales, debido a la inobservancia  que ha tenido el actual gobierno el del Presidente Constitucional de los Estado Unidos Mexicanos C. Felipe Calderón Hinojosa, de las Normas Internacionales tanto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos  como del Trabajo y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Recordándoles que la razón de ser de los Estados es garantizar el bien común, por lo que su autoridad tiene por límite el respeto de la dignidad humana, los derechos humanos constituyen una visión de la humanidad que se alza en contra de la arbitrariedad, proponiendo la construcción de estándares de comportamiento básico sobre cómo debemos comportarnos entre nosotros y cómo el Estado debe tratar a los ciudadanos y a su población en general.

Del conjunto de derechos humanos, existen una serie de ellos, vinculados al trabajo y a los trabajadores/ras: son conocidos como los derechos humanos laborales. Se orientan a posibilitar condiciones mínimas de vida y de trabajo para todas las personas, así como la organización de los/las trabajadores/ras para su defensa, reivindicación y participación sociopolítica.

La Libertad Sindical, forma parte del conjunto de estos derechos y como tal ha sido recogida en una serie de instrumentos internacionales, siendo regulada en forma expresa por los Convenios 87 y 98 de la OIT. En la actualidad está universalmente admitido que no es posible el desarrollo de la libertad sindical sin la preexistencia efectiva de los demás derechos humanos y que tampoco es posible el completo ejercicio de éstos, sin la vigencia de aquélla. En otras palabras, la libertad sindical no es posible sin el ejercicio de los otros derechos humanos, y viceversa." la Libertad Sindical es la expresión de una síntesis de los derechos humanos, porque a través del ejercicio de las acciones de defensa, reivindicación, participación sociopolítica y lucha, se enriquecen los contenidos y se impulsa la progresividad de los derechos humanos en su conjunto. Por lo cual se debe luchar. "No se trata de confrontar el ideal con la realidad de las violaciones para demostrar que no existe y que en consecuencia debería ser desechado". Se trata de exigir el ideal para cuestionar e interpelar la realidad exigiendo su transformación de aquí es que fue prescindible citar dichos acuerdos para demostrar que las autoridades han hecho caso omiso y oídos sordos a los reclamos de las violaciones y de hostigamiento de derechos fundamentales como son los derechos humanos, laborales y sindicales, de los cuales se han ido incrementado, desde la negociación colectiva de acuerdo al convenio DEL PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO y que Refutan trabajadores del IMSS al líder sindical y que son totalmente violatorios, la represión y sanciones son una de tantas violaciones de los derechos de los trabajadores que se ha caracterización, de la cual los trabajadores del IMSS hemos rechazado los convenios firmados a espaldas de la base trabajadora por el doctor Valdemar Gutiérrez Fragoso, quien de manera mentirosa sostiene que el congreso nacional del pasado 11 de octubre del 2007 lo autorizó, situación totalmente falsa, ya que ni siquiera lo presentó a los congresistas.

Repudiamos esta traición ya que lesiona no solamente a los trabajadores de nuevo ingreso, a los que además de los 35 años de servicio y 60 de edad, individualizando sus cuentas, las que sólo les permitirán jubilarse con 30 por ciento de su último salario. Este despojo a quien beneficia es al gran capital financiero a través de las Afore.

Esta negociación compromete la bilateralidad del sindicato y su autonomía, al permitir el "arbitraje" y la intromisión del secretario de Trabajo (del gobierno federal) en la vida laboral y sindical de los trabajadores del IMSS, siendo una traición para toda la base trabajadora del país, que se encamina a terminar con los contratos colectivos y los sindicatos.

Nos pronunciamos en contra de la represión que se ha venido aplicando a los trabajadores, cuyo delito es la defensa del contrato colectivo, del IMSS y de la seguridad social; a la fecha de octubre de la revisión contractual a la de noviembre del 2007 en menos de un mes se llego a más de 2000 trabajadores sancionados -por tiempo indefinido en sus derechos sindicales y laborales en todo el país, considerando que hasta la fecha se lleva un promedio o mas de 8000 trabajadores sancionados, violando nuestros estatutos y los derechos ciudadanos, pues se anula la participación en la vida sindical y laboral, ante el cúmulo de inconformidad y de denuncias, con un incremento de la intolerancia gubernamental, las altas autoridades gubernamentales en especifico la STPS, ha adoptado una actitud de aislamiento y de ofensa hacia la comunidad internacional, al igual con su paternalismo hacia este, a implicado a corto plazo un reforzamiento al interior del SNTSS  ante la actitud y conductas represivas  hacia los grupos opositores de este y que abarcan el incumplimiento del gobierno al Convenio 87 sobre la Libertad Sindical, y de la cual violan

Otro ejemplo claro es la violación a la constitución por parte de las dos entidades tanto del gobierno como del sindicato

En el Artículo 123 Constitucional, fracción XXVII, Inciso h, se establece que "Serán nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato: todas las demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores".
Es decir, ningún líder sindical, NINGUNO, tiene facultades legales para pactar condiciones de trabajo inferiores a las vigentes. Eso lo saben pero hacen que "se les olvidó", seguramente.

En la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 3º se señala que "No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social".

Art. VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.

Con el PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO, se establecen categorías diferentes. Dicho pacto es violatorio de la ley.

3.- En esa misma Ley Federal del Trabajo en el Artículo 5º, fracción XIII, se establece que "Las disposiciones de esta ley son de orden público, por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca: Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignadas en las normas de trabajo".

Por lo tanto el sindicato como el mismo gobierno por medio de la intervención de la STPS los ha violentado.

Esto es, los derechos obreros son IRRENUNCIABLES. Lo que han hecho es reducir las condiciones de trabajo en la total impunidad porque los trabajadores han aceptado pasivamente. Pero, esos hechos son totalmente ilegales. También lo sabe el gobierno y  es por eso que renunciaron los abogados del SNTSS y casualmente se demuestra que se le "olvido" la ley al gobierno y sus estatutos al Sindicato, Los hechos son contundentes. La reforma al RJP del IMSS, representaron una renuncia explícita a un derecho consagrado a favor del obrero en lo que se refiere a su jubilación a los 27 años para las mujeres y a los 28 años para los varones. Por otra parte, se ha realizado una clara e inobjetable distinción entre los trabajadores que ingresaron antes y los que ingresen después de esta fecha, en ausencia se está obligando a los trabajadores a renunciar a los derechos y prerrogativas consignadas en las normas de trabajo, que para los efectos legales en orden jerárquico son: el Artículo 123 Constitucional y La Ley Federal del Trabajo en vigor.

Por lo demás, queda claro que, a través de la reforma a una ley secundaria, como lo es la Ley del Seguro Social, se han disminuido y suprimido derechos y conquistas de los trabajadores, establecidas en una ley superior o suprema como lo es nuestra Constitución Política, sentando un precedente absolutamente negativo para la clase obrera, como lo hemos demostrado varias veces

Además, con dicha reforma se distorsiono más la Ley Federal del Trabajo (que reglamenta al Artículo 123 Constitucional en lo relativo al trabajo) al restarle conquistas laborales ahora al trabajador del IMSS y posteriormente al resto de los trabajadores, a través de reformar una Ley que sólo debe reglamentar lo relativo a la Seguridad Social (Fracción XXIX de dicho Artículo).

La política que realizo el Comité Ejecutivo Nacional del SNTSS, por Roberto Vega Galina y el resto de su comité dejo suficientemente claras las cosas aún para quienes no creían. Son cómplices de los planes que se fraguaron para imponernos las Reformas Estructurales al (RJP). En seguridad social, y en materia laboral, por considerarlas lesivas a los derechos del pueblo y contrarias a la soberanía de la nación".

El SNTSS dice una cosa y hacen lo contrario los actos de hostigamiento, represión y destitución de representantes sindicales y trabajadores por cuestiones políticas y por defender el derecho a la libertad sindical, así como manifestarse en contra de  la  política económica del Gobierno

El sindicato a violentado la vía del derecho, y su convenio a confirmado que la razón le a asistido a la disidencia al sancionarlo por traición en aquel entonces a este líder del  SNTSS." la dirigencia nacional del sindicato desde un principio "ha sido incongruente a los principio que dice defender, su comportamiento, ha dejado ver que en este país se siguen manteniendo viejas prácticas monopólicas y que, con tal de mantenerse en el poder, ‘son capaces de corromper los principios y valores' que ante la opinión publica dicen defender."

"Se podría decir que en México si se esta faltando al convenio 87 de la OIT, ya que el gobierno si esta interviniendo en la vida interna del sindicato, y se esta influyendo en las decisiones de este órgano. Por lo tanto ¡Estamos exigiendo el cumplimiento jurídico por una autoridad competente! Para que se revise las condiciones irregulares en la que la STPS le otorgo su toma de nota

Y advierto:

Estamos ante un hecho que sin duda ha marcado un cambio en la vida del sindicalismo en México: Ya que se debe establecer de una vez y de manera inmediata y por todas el respeto a la decisión de los trabajadores para elegir a sus representantes, y, que ante los abusos del líder Sindical, se pueda volver a tener la confianza de seguir recurriendo al derecho, con la certeza de que los jueces y magistrados en esta materia resolverán con gran responsabilidad y criterio apegado a derecho

El SNTSS "debe de acatar la ley y sus estatutos", y si el gobierno  continua solapando esta violaciones y el sindicato continua sin querer respetarla y no acate sus propios reglamentos y estatutos; no sería lo mas conveniente para México."

Los trabajadores afiliados al SNTSS estamos exigiendo sea destituido y se realice una auditoria al interior del SNTSS por lo tanto pedimos la separación del cargo como  secretario general al Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso por violentar la Declaración Universal de los Derechos Humanos ante el hostigamiento laboral que el representa y se demuestra al principio de esta carta al igual lo acusamos de traición a la base trabajadora que el se comprometió a defender bajo juramento.

Los trabajadores afiliados al SNTSS y a la UNT estamos exigiendo una democracia plena a nivel nacional

En tales circunstancias, la no intervención, en México a implicado la  intervención a favor del más fuerte....".

POR UNA REIVINDICASION SINDICAL

GERARDO FLORES

23 DE julio de 2008

Constitución politica de los estados uniods mexicanos

jueves, 24 de julio del 2008 a las 18:39

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas

Para los Derechos Humanos

Ginebra, Suiza

Derechos Human Rights
Oficina en EEUU

46 Estabrook ST.
San Leandro, CA 94577
US
dh@derechos.org

Oficina en Europa

B.P. 10030
Rue d'Orleans 1
6000 Charleroi 2
Bélgica
Phone:+32.(0)71.798634
Fax:+32.(0)71.304579
dh@derechos.org

Oficina en América Latina

Avenida Almirante Brown 918
(1159) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Argentina
arg@derechos.org

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación Convenio (N. 87) sobre la libertad sindical y la protección del trabajo en su trigésima primera reunión Adoptado el 9 de julio de 1948 por la Conferencia General de la Organización
Internacional del Trabajo en su trigésima primera reunión Entrada en vigor: 4 de julio de 1950, de conformidad con el artículo 15

Parte I

Libertad Sindical

Artículo 1

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a poner en práctica las disposiciones siguientes.

Artículo 2

Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Artículo 3

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 4

Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.

Artículo 7

La adquisición de la personalidad jurídica por las organizaciones de trabajadores y de empleadores, sus federaciones y confederaciones no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite la aplicación de las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 de este Convenio.

Artículo 8

1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente Convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

2. La legislación nacional no menoscabará ni será aplicada de suerte que menoscabe las garantías previstas por el presente Convenio.

Artículo 10

En el presente Convenio, el término "organización" significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores.

Parte II

Protección del derecho de sindicación

Artículo 11

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a adoptar todas las medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del derecho de sindicación.

ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIODS MEXICANOS

Todo Trabajador tiene a su favor una serie de derechos que pueden estar previstos en la ley, en el contrato colectivo de trabajo, en la costumbre, etcétera. Esos derechos son irrenunciables y, conforme a los artículos 123, fracción XXVII, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5o. fracción XIII, VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. y 33 de la Ley Federal del Trabajo, las convenciones que impliquen su renuncia o menoscabo son nulas y no obligan al trabajador, de ahí que resulte ilegal, aun dándose la situación de desistimiento, invocar el principio de autonomía de la voluntad para dejar de aplicar normas laborales cuya observancia es de orden público.


creo que debemos diferenciar una acción de un derecho, pues son dos figuras jurídicamente diferentes, dado que generalmente el ejercicio de una acción es algo meramente potestativo para el titular de un derecho; y por lo que hace a los derechos laborales, estos caen en la clasificación de derechos subjetivos, lo que implica que son facultades que por el orden jurídico son atribuidas a un individuo(esto lo dice Ignacio de Casso y Romero en su diccionario de Derecho Privado)así, en el caso de los derechos laborales, pertenecen al orden público y resultan ser irrenunciables, existiendo tal disposición tanto en nuestra Carta Magna como en la propia Ley de la Materia.

Así mismo, tenemos también criterios de algunos civilistas en cuanto al desistimiento de una acción que implica la renuncia al derecho que se pretendía hacer valer en el juicio; lo cual nos llevaría a la interpretación: que siendo los derechos laborales irrenunciables, no es procedente el desistimiento de la acción.

Con respecto de los derechos que no son renunciables, y estoy de acuerdo en llevar esta controversia a alguna personalidad con voz mas autorizada,  Es defendible cualquier postura, pero coincido en que un Trabajador que ha sido obligado, o por error se desistió, puede hacer valer la supremacía Constitucional de sus derechos (que son de Orden Público), por encima del desistimiento, que es una voluntad particular.

El desistimiento de la acción no implica renuncia al derecho

Al estudiar la irrenunciabilidad de derechos, parte de la sana premisa de que la parte débil de la relación, necesariamente se encuentra en inferioridad de condiciones al pactar (renuncias). Por ello delimita claramente que "Realmente no se concibe que el trabajador, o cualquier otra persona en su sano juicio, acepte alteraciones contractuales que lo perjudiquen, renunciando así voluntariamente, a derechos adquiridos o que tiene la expectativa legítima de adquirir en el futuro. Y si acepta el cambio que lo perjudica, será evidente que lo hace por necesidad, forzado por su situación de inferioridad jurídica y económica que lo obliga a optar por el mal menor, frente a otros que se le ocasionarían en caso de no acceder a la imposición patronal (represalias, despidos, etc.). Y el derecho del trabajo no puede ignorar esta realidad.".
La cita anterior obliga a definir el término "optar". La pregunta es ¿Cómo o cuándo se "opta"?. Acuciado el débil ante la opción, lo más probable es que "coopte" y no que "opte". "Optar", es elegir, y cuando se elige sometido a una relación de dominación, el margen de maniobra, se reduce a su mínima expresión. Por ello, es como si existiera una diferencia -sutil pero trascendente- entre uno y otro término. Todo ello, lleva a la diferenciación de quién es libre verdaderamente para optar, y quien no lo es como para cooptar (o ser cooptado, depende del lado de la relación en que se lo mire). La pregunta, entonces, debiera ser ¿es posible -para el juez- determinar con claridad cuándo el trabajador, acuciado al punto tal de verse obligado a "renunciar derechos" lo está haciendo consciente de su situación y aún así aceptándolo o, viéndose obligado a padecer un mal mayor, se somete a la voluntad del fuerte de la relación?. La pregunta -obviamente- condiciona la situación procesal de cada parte, ya que si el trabajador está obligado a acreditar la configuración de un hecho que la ley presume, su carga probatoria se ve naturalmente acrecentada, lo que aparece consecuentemente, como un retroceso al elegirse la solución contraria al favor operario por parte de la jurisprudencia.

"En conclusión, los jueces deberán actuar en la apreciación de los hechos con criterio amplio o estricto, de acuerdo a las circunstancias, cuidando siempre que se respete la buena fe contractual y se evite toda forma de abuso del derecho. La tensión que se produce entre la necesidad de que las partes reglen sus propias relaciones con cierta libertad (principio de la autonomía de la voluntad), y que el empleador no aproveche su situación de preeminencia para perjudicar al trabajador, debe ser resuelta por los jueces con prudencia, tratando de evitar que se llegue a una excesiva rigidez negocial, lo cual puede perturbar tanto la armonía interna de la relación laboral  como el normal desenvolvimiento de la empresa. Del mismo modo deberán actuar enérgicamente cuando constaten que, a través del acuerdo modificatorio, se ha producido un perjuicio relevante al trabajador, lo que normalmente ocurrirá cuando el empleador haya logrado ese resultado en virtud de su proceder abusivo, discriminatorio o arbitrario, aprovechándose de su situación de supremacía y mayor poder negocial".

Es de nuestro  interés, a través de la presente, denunciar ante estas instancias y la CNDH aportando una información detallada y artículos relacionados que demuestran del deterioro que han presentan los Derechos Laborales y del hostigamiento laboral a la que se ha llevado por parte del SNTSS, como por igual denunciar los abusos a los derechos laborales y humanos que han sufrido los compañeros trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social como un claro ejemplo ponemos a los compañeros pertenecientes a la DELEGACION SINDICAL No. 12, SEC IX-  SNTSS de VERACRUZ, VER. Expediente CNHJ/306/08 EXPED. Nº CNHJ/045/08 CON FECHA DEL 29 de junio del 2008 C. ADAN  RAMIREZ  GARCIA C. ENFRO. GRAL. VICTOR DURAN  HUESCA de la DELEGACIÓN SECCIÓN XVI TABASCO C. Y CON OFICIO Nº 078/08 CON FECHA DEL 19 DE FEBRERO DEL 2008 JAVIER FERNANDO VAZQUEZ CALCANEO, ENFRO. VIDAL WILIAMS LARA SOSA, DR. FLORENTINO MOLINA MOLINA, C. GUADALUPE DEL CARMEN PANTOJA OVANDO DR. PEDRO CASTRO CASTRO, C. MARIA GRECIA HERNANDEZ reprimidos por medio del retiro de sus derechos sindicales por parte del  líder sindical el Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso, del SNTSS "perteneciente a la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), " así como una nueva condena por violación de forma sistemática de las Normas Internacionales del Trabajo y Partiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A la vez que encontramos la manera más eficaz de defender las libertades y los derechos de los trabajadores tomando como base para ello, los mecanismos contemplados por las propias estructuras de la OIT.

Sobre esta situación del Sindicalismo en México y como claro ejemplo el del SNTSS, podemos afirmar que existe una verdadera situación deplorable en materia de derechos humanos y sindicales, debido a la inobservancia  que ha tenido el actual gobierno el del Presidente Constitucional de los Estado Unidos Mexicanos C. Felipe Calderón Hinojosa, de las Normas Internacionales tanto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos  como del Trabajo y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Recordándoles que la razón de ser de los Estados es garantizar el bien común, por lo que su autoridad tiene por límite el respeto de la dignidad humana, los derechos humanos constituyen una visión de la humanidad que se alza en contra de la arbitrariedad, proponiendo la construcción de estándares de comportamiento básico sobre cómo debemos comportarnos entre nosotros y cómo el Estado debe tratar a los ciudadanos y a su población en general.

Del conjunto de derechos humanos, existen una serie de ellos, vinculados al trabajo y a los trabajadores/ras: son conocidos como los derechos humanos laborales. Se orientan a posibilitar condiciones mínimas de vida y de trabajo para todas las personas, así como la organización de los/las trabajadores/ras para su defensa, reivindicación y participación sociopolítica.

La Libertad Sindical, forma parte del conjunto de estos derechos y como tal ha sido recogida en una serie de instrumentos internacionales, siendo regulada en forma expresa por los Convenios 87 y 98 de la OIT. En la actualidad está universalmente admitido que no es posible el desarrollo de la libertad sindical sin la preexistencia efectiva de los demás derechos humanos y que tampoco es posible el completo ejercicio de éstos, sin la vigencia de aquélla. En otras palabras, la libertad sindical no es posible sin el ejercicio de los otros derechos humanos, y viceversa." la Libertad Sindical es la expresión de una síntesis de los derechos humanos, porque a través del ejercicio de las acciones de defensa, reivindicación, participación sociopolítica y lucha, se enriquecen los contenidos y se impulsa la progresividad de los derechos humanos en su conjunto. Por lo cual se debe luchar. "No se trata de confrontar el ideal con la realidad de las violaciones para demostrar que no existe y que en consecuencia debería ser desechado". Se trata de exigir el ideal para cuestionar e interpelar la realidad exigiendo su transformación de aquí es que fue prescindible citar dichos acuerdos para demostrar que las autoridades han hecho caso omiso y oídos sordos a los reclamos de las violaciones y de hostigamiento de derechos fundamentales como son los derechos humanos, laborales y sindicales, de los cuales se han ido incrementado, desde la negociación colectiva de acuerdo al convenio DEL PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO y que Refutan trabajadores del IMSS al líder sindical y que son totalmente violatorios, la represión y sanciones son una de tantas violaciones de los derechos de los trabajadores que se ha caracterización, de la cual los trabajadores del IMSS hemos rechazado los convenios firmados a espaldas de la base trabajadora por el doctor Valdemar Gutiérrez Fragoso, quien de manera mentirosa sostiene que el congreso nacional del pasado 11 de octubre del 2007 lo autorizó, situación totalmente falsa, ya que ni siquiera lo presentó a los congresistas.

Repudiamos esta traición ya que lesiona no solamente a los trabajadores de nuevo ingreso, a los que además de los 35 años de servicio y 60 de edad, individualizando sus cuentas, las que sólo les permitirán jubilarse con 30 por ciento de su último salario. Este despojo a quien beneficia es al gran capital financiero a través de las Afore.

Esta negociación compromete la bilateralidad del sindicato y su autonomía, al permitir el "arbitraje" y la intromisión del secretario de Trabajo (del gobierno federal) en la vida laboral y sindical de los trabajadores del IMSS, siendo una traición para toda la base trabajadora del país, que se encamina a terminar con los contratos colectivos y los sindicatos.

Nos pronunciamos en contra de la represión que se ha venido aplicando a los trabajadores, cuyo delito es la defensa del contrato colectivo, del IMSS y de la seguridad social; a la fecha de octubre de la revisión contractual a la de noviembre del 2007 en menos de un mes se llego a más de 2000 trabajadores sancionados -por tiempo indefinido en sus derechos sindicales y laborales en todo el país, considerando que hasta la fecha se lleva un promedio o mas de 8000 trabajadores sancionados, violando nuestros estatutos y los derechos ciudadanos, pues se anula la participación en la vida sindical y laboral, ante el cúmulo de inconformidad y de denuncias, con un incremento de la intolerancia gubernamental, las altas autoridades gubernamentales en especifico la STPS, ha adoptado una actitud de aislamiento y de ofensa hacia la comunidad internacional, al igual con su paternalismo hacia este, a implicado a corto plazo un reforzamiento al interior del SNTSS  ante la actitud y conductas represivas  hacia los grupos opositores de este y que abarcan el incumplimiento del gobierno al Convenio 87 sobre la Libertad Sindical, y de la cual violan

Otro ejemplo claro es la violación a la constitución por parte de las dos entidades tanto del gobierno como del sindicato

En el Artículo 123 Constitucional, fracción XXVII, Inciso h, se establece que "Serán nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato: todas las demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores".
Es decir, ningún líder sindical, NINGUNO, tiene facultades legales para pactar condiciones de trabajo inferiores a las vigentes. Eso lo saben pero hacen que "se les olvidó", seguramente.

En la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 3º se señala que "No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social".

Art. VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.

Con el PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO, se establecen categorías diferentes. Dicho pacto es violatorio de la ley.

3.- En esa misma Ley Federal del Trabajo en el Artículo 5º, fracción XIII, se establece que "Las disposiciones de esta ley son de orden público, por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca: Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignadas en las normas de trabajo".

Por lo tanto el sindicato como el mismo gobierno por medio de la intervención de la STPS los ha violentado.

Esto es, los derechos obreros son IRRENUNCIABLES. Lo que han hecho es reducir las condiciones de trabajo en la total impunidad porque los trabajadores han aceptado pasivamente. Pero, esos hechos son totalmente ilegales. También lo sabe el gobierno y  es por eso que renunciaron los abogados del SNTSS y casualmente se demuestra que se le "olvido" la ley al gobierno y sus estatutos al Sindicato, Los hechos son contundentes. La reforma al RJP del IMSS, representaron una renuncia explícita a un derecho consagrado a favor del obrero en lo que se refiere a su jubilación a los 27 años para las mujeres y a los 28 años para los varones. Por otra parte, se ha realizado una clara e inobjetable distinción entre los trabajadores que ingresaron antes y los que ingresen después de esta fecha, en ausencia se está obligando a los trabajadores a renunciar a los derechos y prerrogativas consignadas en las normas de trabajo, que para los efectos legales en orden jerárquico son: el Artículo 123 Constitucional y La Ley Federal del Trabajo en vigor.

Por lo demás, queda claro que, a través de la reforma a una ley secundaria, como lo es la Ley del Seguro Social, se han disminuido y suprimido derechos y conquistas de los trabajadores, establecidas en una ley superior o suprema como lo es nuestra Constitución Política, sentando un precedente absolutamente negativo para la clase obrera, como lo hemos demostrado varias veces

Además, con dicha reforma se distorsiono más la Ley Federal del Trabajo (que reglamenta al Artículo 123 Constitucional en lo relativo al trabajo) al restarle conquistas laborales ahora al trabajador del IMSS y posteriormente al resto de los trabajadores, a través de reformar una Ley que sólo debe reglamentar lo relativo a la Seguridad Social (Fracción XXIX de dicho Artículo).

La política que realizo el Comité Ejecutivo Nacional del SNTSS, por Roberto Vega Galina y el resto de su comité dejo suficientemente claras las cosas aún para quienes no creían. Son cómplices de los planes que se fraguaron para imponernos las Reformas Estructurales al (RJP). En seguridad social, y en materia laboral, por considerarlas lesivas a los derechos del pueblo y contrarias a la soberanía de la nación".

El SNTSS dice una cosa y hacen lo contrario los actos de hostigamiento, represión y destitución de representantes sindicales y trabajadores por cuestiones políticas y por defender el derecho a la libertad sindical, así como manifestarse en contra de  la  política económica del Gobierno

El sindicato a violentado la vía del derecho, y su convenio a confirmado que la razón le a asistido a la disidencia al sancionarlo por traición en aquel entonces a este líder del  SNTSS." la dirigencia nacional del sindicato desde un principio "ha sido incongruente a los principio que dice defender, su comportamiento, ha dejado ver que en este país se siguen manteniendo viejas prácticas monopólicas y que, con tal de mantenerse en el poder, ‘son capaces de corromper los principios y valores' que ante la opinión publica dicen defender."

"Se podría decir que en México si se esta faltando al convenio 87 de la OIT, ya que el gobierno si esta interviniendo en la vida interna del sindicato, y se esta influyendo en las decisiones de este órgano. Por lo tanto ¡Estamos exigiendo el cumplimiento jurídico por una autoridad competente! Para que se revise las condiciones irregulares en la que la STPS le otorgo su toma de nota

Y advierto:

Estamos ante un hecho que sin duda ha marcado un cambio en la vida del sindicalismo en México: Ya que se debe establecer de una vez y de manera inmediata y por todas el respeto a la decisión de los trabajadores para elegir a sus representantes, y, que ante los abusos del líder Sindical, se pueda volver a tener la confianza de seguir recurriendo al derecho, con la certeza de que los jueces y magistrados en esta materia resolverán con gran responsabilidad y criterio apegado a derecho

El SNTSS "debe de acatar la ley y sus estatutos", y si el gobierno  continua solapando esta violaciones y el sindicato continua sin querer respetarla y no acate sus propios reglamentos y estatutos; no sería lo mas conveniente para México."

Los trabajadores afiliados al SNTSS estamos exigiendo sea destituido y se realice una auditoria al interior del SNTSS por lo tanto pedimos la separación del cargo como  secretario general al Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso por violentar la Declaración Universal de los Derechos Humanos ante el hostigamiento laboral que el representa y se demuestra al principio de esta carta al igual lo acusamos de traición a la base trabajadora que el se comprometió a defender bajo juramento.

Los trabajadores afiliados al SNTSS y a la UNT estamos exigiendo una democracia plena a nivel nacional

En tales circunstancias, la no intervención, en México a implicado la  intervención a favor del más fuerte....".

POR UNA REIVINDICASION SINDICAL

GERARDO FLORES

23 DE julio de 2008

Sntss y gobierno violentan los derchos humanos

martes, 22 de julio del 2008 a las 17:42

Dr. José Luis Soberanes Fernández

Presidente de la CNDH
Periférico Sur 3469, Col.
San Jerónimo Lídice,
10200, México, D.F.
TEL: 631 00 40, 6 81 81 25
Fax: 56 81 84 90
Lada sin costo: 01 800 00 869
correo@fmdh.cndh.org.mx, correo@cndh.gob.mx

Presidente FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA
Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán
Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF
Tel.: +52 (55) 27891100
Fax: +52 (55) 52772376

Organización de Estados Americanos y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CEJIL

CENTRO POR LA JUSTICIA Y EL DERECHO INTERNACIONAL CEJIL

 

CEJIL Washington

Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva
1630 Connecticut Ave., NW
Suite 401
Washington D.C. 20009 - 1053, U.S.A.
Tel. (202) 319-3000
Fax (202) 319-3019
Email: washington@cejil.org

CEJIL Mesoamerica

Soraya Long, Directora
225 metros Sur y 75 metros Este del Centro Cultural Mexicano
Los Yoses, San José, Costa Rica
Tel. (506) 280-7473/7608
Fax (506) 280-5280
Email: mesoamerica@cejil.org

CEJIL Brasil

Beatriz Affonso, Directora
Franklin Roosevelt, 194 Sl. 906 cep.: 20021-120 Centro
Río de Janeiro, RJ, Brasil
Tel. (55-21) 2533-1660
Fax (55-21) 2517-3280
Email: brasil@cejil.org

CEJIL SUR

Liliana Tojo, Directora
Esmeralda 517 2 A , C1007ABC
Buenos Aires, Argentina
Tel. 5411-4328-1025
Email: sur@cejil.org

Correo Electrónico: info@cejil.org 

UNIDAD INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES UIT-CI

mlamas@izquierdasocialista.org.ar

unioscouit@hotmail.com

www.cstpsol.com

propuestapanama@yahoo.com

unios_peru@hotmail.com

trabajadores2008@yahoo.com

 

Es de nuestro  interés, a través de la presente, denunciar ante estas instancias y la CNDH aportando una información detallada y artículos relacionados que demuestran del deterioro que han presentan los Derechos Laborales y del hostigamiento laboral a la que se ha llevado por parte del SNTSS, como por igual denunciar los abusos a los derechos laborales y humanos que han sufrido los compañeros trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social como un claro ejemplo ponemos a los compañeros pertenecientes a la DELEGACION SINDICAL No. 12, SEC IX-  SNTSS de VERACRUZ, VER. Expediente CNHJ/306/08 EXPED. Nº CNHJ/045/08 CON FECHA DEL 29 de junio del 2008 C. ADAN  RAMIREZ  GARCIA C. ENFRO. GRAL. VICTOR DURAN  HUESCA de la DELEGACIÓN SECCIÓN XVI TABASCO C. Y CON OFICIO Nº 078/08 CON FECHA DEL 19 DE FEBRERO DEL 2008 JAVIER FERNANDO VAZQUEZ CALCANEO, ENFRO. VIDAL WILIAMS LARA SOSA, DR. FLORENTINO MOLINA MOLINA, C. GUADALUPE DEL CARMEN PANTOJA OVANDO DR. PEDRO CASTRO CASTRO, C. MARIA GRECIA HERNANDEZ reprimidos por medio del retiro de sus derechos sindicales por parte del  líder sindical el Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso, del SNTSS "perteneciente a la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), " así como una nueva condena por violación de forma sistemática de las Normas Internacionales del Trabajo y Partiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A la vez que encontramos la manera más eficaz de defender las libertades y los derechos de los trabajadores tomando como base para ello, los mecanismos contemplados por las propias estructuras de la OIT.

Sobre esta situación del Sindicalismo en México y como claro ejemplo el del SNTSS, podemos afirmar que existe una verdadera situación deplorable en materia de derechos humanos y sindicales, debido a la inobservancia  que ha tenido el actual gobierno el del Presidente Constitucional de los Estado Unidos Mexicanos C. Felipe Calderón Hinojosa, de las Normas Internacionales tanto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos  como del Trabajo y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Recordándoles que la razón de ser de los Estados es garantizar el bien común, por lo que su autoridad tiene por límite el respeto de la dignidad humana, los derechos humanos constituyen una visión de la humanidad que se alza en contra de la arbitrariedad, proponiendo la construcción de estándares de comportamiento básico sobre cómo debemos comportarnos entre nosotros y cómo el Estado debe tratar a los ciudadanos y a su población en general.

Del conjunto de derechos humanos, existen una serie de ellos, vinculados al trabajo y a los trabajadores/ras: son conocidos como los derechos humanos laborales. Se orientan a posibilitar condiciones mínimas de vida y de trabajo para todas las personas, así como la organización de los/las trabajadores/ras para su defensa, reivindicación y participación sociopolítica.

La Libertad Sindical, forma parte del conjunto de estos derechos y como tal ha sido recogida en una serie de instrumentos internacionales, siendo regulada en forma expresa por los Convenios 87 y 98 de la OIT. En la actualidad está universalmente admitido que no es posible el desarrollo de la libertad sindical sin la preexistencia efectiva de los demás derechos humanos y que tampoco es posible el completo ejercicio de éstos, sin la vigencia de aquélla. En otras palabras, la libertad sindical no es posible sin el ejercicio de los otros derechos humanos, y viceversa." la Libertad Sindical es la expresión de una síntesis de los derechos humanos, porque a través del ejercicio de las acciones de defensa, reivindicación, participación sociopolítica y lucha, se enriquecen los contenidos y se impulsa la progresividad de los derechos humanos en su conjunto. Por lo cual se debe luchar. "No se trata de confrontar el ideal con la realidad de las violaciones para demostrar que no existe y que en consecuencia debería ser desechado". Se trata de exigir el ideal para cuestionar e interpelar la realidad exigiendo su transformación de aquí es que fue prescindible citar dichos acuerdos para demostrar que las autoridades han hecho caso omiso y oídos sordos a los reclamos de las violaciones y de hostigamiento de derechos fundamentales como son los derechos humanos, laborales y sindicales, de los cuales se han ido incrementado, desde la negociación colectiva de acuerdo al convenio DEL PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO y que Refutan trabajadores del IMSS al líder sindical y que son totalmente violatorios, la represión y sanciones son una de tantas violaciones de los derechos de los trabajadores que se ha caracterización, de la cual los trabajadores del IMSS hemos rechazado los convenios firmados a espaldas de la base trabajadora por el doctor Valdemar Gutiérrez Fragoso, quien de manera mentirosa sostiene que el congreso nacional del pasado 11 de octubre del 2007 lo autorizó, situación totalmente falsa, ya que ni siquiera lo presentó a los congresistas.

Repudiamos esta traición ya que lesiona no solamente a los trabajadores de nuevo ingreso, a los que además de los 35 años de servicio y 60 de edad, individualizando sus cuentas, las que sólo les permitirán jubilarse con 30 por ciento de su último salario. Este despojo a quien beneficia es al gran capital financiero a través de las Afore.

Esta negociación compromete la bilateralidad del sindicato y su autonomía, al permitir el "arbitraje" y la intromisión del secretario de Trabajo (del gobierno federal) en la vida laboral y sindical de los trabajadores del IMSS, siendo una traición para toda la base trabajadora del país, que se encamina a terminar con los contratos colectivos y los sindicatos.

Nos pronunciamos en contra de la represión que se ha venido aplicando a los trabajadores, cuyo delito es la defensa del contrato colectivo, del IMSS y de la seguridad social; a la fecha de octubre de la revisión contractual a la de noviembre del 2007 ya llego a más de 2000 trabajadores sancionados -por tiempo indefinido en sus derechos sindicales y laborales en todo el país, violando nuestros estatutos y los derechos ciudadanos, pues se anula la participación en la vida sindical y laboral, ante el cúmulo de inconformidad y de denuncias, con un incremento de la intolerancia gubernamental, las altas autoridades gubernamentales en especifico la STPS , ha adoptado una actitud de aislamiento y de ofensa hacia la comunidad internacional, al igual con su paternalismo hacia este a implicado a corto plazo un reforzamiento al interior del SNTSS  ante la actitud y conductas represivas  hacia los grupos opositores de y que abarcan el incumplimiento del gobierno al Convenio 87 sobre la Libertad Sindical , y de la cual violan

Otro ejemplo claro es la violación a la constitución por parte de las dos entidades tanto del gobierno como del sindicato

En el Artículo 123 Constitucional, fracción XXVII, Inciso h, se establece que "Serán nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato: todas las demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores".
Es decir, ningún líder sindical, NINGUNO, tiene facultades legales para pactar condiciones de trabajo inferiores a las vigentes. Eso lo saben pero hacen que "se les olvidó", seguramente.

En la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 3º se señala que "No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social".

Con el PACTO OCULTO ENTRE HORCASITAS Y GUTIERREZ FRAGOSO, se establecen categorías diferentes. Dicho pacto es violatorio de la ley.

3.- En esa misma Ley Federal del Trabajo en el Artículo 5º, fracción XIII, se establece que "Las disposiciones de esta ley son de orden público, por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca: Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignadas en las normas de trabajo".

Por lo tanto el sindicato como el mismo gobierno por medio de la intervención de la STPS los han violentado.

Esto es, los derechos obreros son IRRENUNCIABLES. Lo que han hecho es reducir las condiciones de trabajo en la total impunidad porque los trabajadores han aceptado pasivamente. Pero, esos hechos son totalmente ilegales. También lo sabe el gobierno y  es por eso que renunciaron los abogados del SNTSS y casualmente se demuestra que se le "olvido" la ley al gobierno y sus estatutos al Sindicato, Los hechos son contundentes. La reforma al RJP del IMSS, representaron una renuncia explícita a un derecho consagrado a favor del obrero en lo que se refiere a su jubilación a los 27 años para las mujeres y a los 28 años para los varones. Por otra parte, se ha realizado una clara e inobjetable distinción entre los trabajadores que ingresaron antes y los que ingresen después de esta fecha, en ausencia se está obligando a los trabajadores a renunciar a los derechos y prerrogativas consignadas en las normas de trabajo, que para los efectos legales en orden jerárquico son: el Artículo 123 Constitucional y La Ley Federal del Trabajo en vigor.

Por lo demás, queda claro que, a través de la reforma a una ley secundaria, como lo es la Ley del Seguro Social, se han disminuido y suprimido derechos y conquistas de los trabajadores, establecidas en una ley superior o suprema como lo es nuestra Constitución Política, sentando un precedente absolutamente negativo para la clase obrera, como lo hemos demostrado varias veces

Además, con dicha reforma se distorsiono más la Ley Federal del Trabajo (que reglamenta al Artículo 123 Constitucional en lo relativo al trabajo) al restarle conquistas laborales ahora al trabajador del IMSS y posteriormente al resto de los trabajadores, a través de reformar una Ley que sólo debe reglamentar lo relativo a la Seguridad Social (Fracción XXIX de dicho Artículo).

La política que realizo el Comité Ejecutivo Nacional del SNTSS, por Roberto Vega Galina y el resto de su comité dejo suficientemente claras las cosas aún para quienes no creían. Son cómplices de los planes que se fraguaron para imponernos las Reformas Estructurales al (RJP). En seguridad social, y en materia laboral, por considerarlas lesivas a los derechos del pueblo y contrarias a la soberanía de la nación".

El SNTSS dice una cosa y hace lo contrario los actos de hostigamiento, represión y destitución de representantes sindicales y trabajadores por cuestiones políticas y por defender el derecho a la libertad sindical, así como manifestarse en contra de  la  política económica del Gobierno

El sindicato a violentado la vía del derecho, y su convenio a confirmado que la razón le a asistido a la disidencia al sancionarlo por traición en aquel entonces a este líder del  SNTSS." la dirigencia nacional del sindicato desde un principio "ha sido incongruente a los principio que dice defender, su comportamiento, ha dejado ver que en este país se siguen manteniendo viejas prácticas monopólicas y que, con tal de mantenerse en el poder, ‘son capaces de corromper los principios y valores' que ante la opinión publica dicen defender."

"Se podría decir que en México si se esta faltando al convenio 87 de la OIT , ya que el gobierno si esta interviniendo en la vida interna del sindicato, y se esta influyendo en las decisiones de este órgano. Por lo tanto ¡Estamos exigiendo el cumplimiento jurídico por una autoridad competente! Para que se revise las condiciones irregulares en la que la STPS le otorgo su toma de nota

Y advierto:

Estamos ante un hecho que sin duda ha marcado un cambio en la vida del sindicalismo en México: Ya que se debe establecer de una vez y de manera inmediata y por todas el respeto a la decisión de los trabajadores para elegir a sus representantes, y, que ante los abusos del líder Sindical, se pueda volver a tener la confianza de seguir recurriendo al derecho, con la certeza de que los jueces y magistrados en esta materia resolverán con gran responsabilidad y criterio apegado a derecho

El SNTSS "debe de acatar la ley y sus estatutos", y si el gobierno  continua solapando esta violaciones y el sindicato continua sin querer respetarla y no acate sus propios reglamentos y estatutos; no sería lo mas conveniente para México."

Los trabajadores afiliados al SNTSS estamos exigiendo sea destituido y se realice una auditoria al interior del SNTSS por lo tanto pedimos la separación del cargo como  secretario general al Dr. Valdemar Gutiérrez Fragoso por violentar la Declaración Universal de los Derechos Humanos ante el hostigamiento laboral que el representa y se demuestra al principio de esta carta al igual lo acusamos de traición a la base trabajadora que el se comprometió a defender bajo juramento.

Los trabajadores afiliados al SNTSS y a la UNT estamos exigiendo una democracia plena a nivel nacional

POR UNA REIVINDICASION SINDICAL

GERARDO FLORES

21 DE julio de 2008

Sntss

sábado, 19 de julio del 2008 a las 06:06

SIGUEN SANCIONANDO LOS CHARROS DEL NACIONAL EN VERACRUZ PUERTO‏

Aunque no lo recibimos con sorpresa alguna, el hostigamiento de los charros del nacional y seccionales se recrudece. Ahora les tocó a los representantes sindicales de la delegación 12 sección IX (Adán Ramírez García y Víctor Durán Huesca), quienes fueron destituidos de los cargos de Secretario General y Secretario de Conflictos.
Para nosotros es un duro golpe toda vez que ellos forman parte del grupo de demandantes de la nulidad del convenio RJP, y además, elementos muy importantes para asistir al Congreso Nacional de octubre próximo, que muy seguramente habrían de ganar la elección como delegados efectivos para dicho congreso. Es decir, los charros siguen "barriendo" el camino para llegar al congreso con delegados dóciles que se ajusten a sus planes depredadores del CCT y la seguridad social.
Ya estamos desarrollando el plan de acción que habíamos trazado (pues de hecho, eso se veía venir), nuestros abogados continúan integrando la ampliación de demandas, etc.
Preocupa porque ya teníamos otro bloque de demandas en donde han logrado desalentar la participación y están difundiendo el rumor de que próximamente llegarán más sanciones (con treinta días de suspensión de labores) para los demantes que no se desistan. Nosotros seguimos dando ánimo a nuestros compañeros para seguir en la lucha, y afortunadamente hemos conseguido mantener el coraje opositor y de resistencia contra los atropellos de los charros. VENCEREMOS.
Adjuntamos archivos que muestran el informe que enviamos.

VERACRUZ, VER.  18  DE  JULIO  DE  2008

 

      

         A     L A     B A S E    T R A B A J A D O R A                                

                                ( DELEGACION SINDICAL No. 12, SEC IX-  SNTSS )

 

  

    INFORMAMOS QUE A PARTIR DE AYER A LAS 20.00 HS., NUESTRA GESTION SINDICAL SE VE INTERRUMPIDA POR EL HECHO DE PROCURAR SER CONSECUENTES CON LA ESENCIA DE LA DECLARACION DE PRINCIPIOS DE NUESTRA ORGANIZACIÓN SINDICAL, Y CON EL ARTICULO 3º. QUE DICE:

 

    I.-  "EL SINDICATO TIENE POR OBJETO: LUCHAR POR CONSERVAR Y MEJORAR LAS CONQUISTAS OBTENIDAS EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y REGLAMENTOS, DESARROLLANDO TODA SU FUERZA EN LA FORMA QUE SEA NECESARIA PARA ESE FIN".

 

    DE IGUAL MANERA, EN TODO MOMENTO NOS HEMOS MANTENIDO FIRMES CON LO ENUNCIADO EN EL ARTICULO 137, FRACCION VI DE LOS ESTATUTOS SINDICALES, QUE PROHIBE A LA LETRA  "LA CELEBRACION DE ACUERDOS PRIVADOS CON LA EMPRESA  QUE PERJUDIQUEN A LA COLECTIVIDAD".

 

    HEMOS SIDO DESTITUIDOS EN EL EJERCICIO DE NUESTRA REPRESENTACION SINDICAL, EN LOS CARGOS DE SECRETARIIO GENERAL Y SECETARIO DE CONFLICTOS. TAMBIEN CON UNA SANCION DE SUSPENSION DE  DERECHOS SINDICALES "POR TIEMPO INDEFINIDO", LA CUAL NO ESTA CONTEMPLADA EN LOS ESTATUTOS.

 

    AGRADECEMOS LA COMPRENSIÓN Y APOYO QUE NOS BRINDO LA BASE  TRABAJADORA DURANTE EL DESARROLLO DE NUESTRA GESTION SINDICAL. PUEDEN TENER LA PLENA CERTEZA QUE EN NINGUN MOMENTO REALIZAMOS ACTO ALGUNO CONTRA NUESTRA ORGANIZACIÓN SINDICAL NI CONTRA LOS INTERESES DE NUESTROS REPRERSENTADOS.

 

    SEGUIREMOS EN PIE DE LUCHA EN LA DEFENSA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y DEL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES.

                           

                                                                      

                                                      

                                                     A  T  E  N  T A  M  E  N  T  E

 

           

               

                       C. ADAN  RAMIREZ  GARCIA            C. ENFRO. GRAL. VICTOR DURAN  HUESCA


Saludos 

El poder suele deslumbrar y nos muestra siempre sabios y simpáticos ha los idiotas

jueves, 15 de mayo del 2008 a las 01:36

 

 

 

El poder suele deslumbrar y nos muestra siempre sabios y simpáticos ha los idiotas

 

 

El poder presidencial se ha convertido en una dictadura casi perfecta, este país ya es un desastre ha traído como consecuencia el aumento del poder escalonado desde el que se siente controla al presidencial, como ha la ves al igual controla al palacio legislativo, frívolo y con una espectacular inclinación a la vulgaridad, ese poder ha tenido como consigna el aprobar como si fuera mandamiento todas las reformas presidenciales esto ya es inevitable, ¿por que tanta farsa y gastos?

Todo seria diferente y este país seria otro, sin tantas fugas y desvíos de activos, si en verdad el trabajo del legislativo fuera desinteresado, lejos de todo provecho personal, pero sinceramente todo esto es un verdadero fiasco ya que al interior de los partidos políticos el único interés siempre ha sido el provecho personal en todo lo que hacen

Ya es imposible pedir y hablar de democracia, ya que esta ha queda en manos de gentes que son a la vez "juez y parte". Nuestro poder legislativo está a punto de lograr algo que se antojaba imposible la reforma a PEMEX ¿que venderán después?

Por otro lado, no se entiende ¿para qué hay tantos diputados y senadores?, ¿Para qué tantos y lo que se gasta en ellos? ¿Si la abrumadora mayoría va a hacer únicamente lo que les ordenan sus líder? ¡Es lo que vemos! ¿Hoy en día y de acuerdo a como se manejan cualquiera puede ser ya diputado o senador? No ponen atención están platicado unos, otros leyendo, hablando por teléfono, chateando, mofándose otros del que esta en el estrado

Si los diputados de las dos cámaras no hacen nada solo lo hacen dos o cuando mucho cinco. ¿Qué necesidad hay entonces de que sean tantos? Para ser exactos 300 de mayoría relativa y 200 plurinominales más 128 senadores, más los de los estados, La misma seria si hay cinco o mil, si siempre harían lo mismo, es decir, nada.

¡ Si Cientos de diputados y senadores nos cuestan miles y miles de millones de pesos en salarios, viajes, seguros, empleados, bienes raíces, secretarias, burocracia, chóferes, peluqueros, boleros, amantes, para algo que solo lo hace menos de la décima parte

Es absurdo, que se gaste tanto en partidos políticos si al interior de  de ellos son manejados solo por uno o dos personajes por ejemplo, para que se gasta tanto en diputados y senadores si al interior pesan más los que están al frente o al interior de los mismos partidos. Un ejemplo, muy claro es lo que esta pasando al interior del partido del PRD por que se necesitaron tantos diputados,  senadores y simpatizantes y cuanto se gastaron o los que sean y no para oponerse a los partidos contrarios ya que hasta en eso están divididos en contra de sus propias fracciones y no en contra de los del PAN o el PRI (si lo mismo hacen diez votos que mil), si estos solo lo que han logrado es  oponer a la facción contraria de su propio partido. Por que si un grupo de legisladores del PRD hacen lo que les diga Ortega y el otro grupo lo que les diga AMLO, ¿para qué se gastan tanto con estos, más lo que se gastaron acarreando simpatizantes si esto lo pueden hacer solo dos? ¿Y si los del PRI hacen todos lo que ordena Beatriz Paredes, y los del PAN hacen todos lo que les ordena Calderón? ¿?¿?¿?¿?¿?                                                                                                         

Si nuestros representantes "populares" en realidad representan a sus líderes (y no representan al pueblo) y esto es una verdadera realidad ¿Para qué tantos intermediarios?

“ladrón que le roba a ladrón” SNTSS e IMSS

viernes, 09 de mayo del 2008 a las 20:58

"ladrón que le roba a ladrón"

SNTSS e IMSS

 México reflejado en un espejo chino

 

Esta es mi valoración, por el resultado de la causa que se le sigue a Valdemar Gutiérrez Fragoso el corrompido más grande en la historia de nuestro flamante SNTSS

Cuantos de nosotros no hemos visto en los medios televisivos e impresos el modus operandi de un ladrón, Su forma de vida es la misma, el modo de operar, siempre es compartido... Cualquier ladrón vil se llena los bolsillos hasta reventar y no satisfecho con el botín, se adueña de lo último que encuentra mientras abandona el hogar de sus víctimas, si lo pescan tendrá que soltar su moche, Ese es el modus operandi de cualquier ladrón, ahora adoptado no solo por nuestro flamante líder del SNTSS sino también por el IMSS ante los descuentos ilegales a sus agremiados y trabajadores, sino también por el mismo gobierno y en este caso por la mayoría de diputados y senadores del Congresote de la Unión con sus intentos por querer reformar  la constitución y con esta a una empresa propiedad no del gobierno de México sino de los mexicanos PEMEX

Sin embargo, tienen una peculiaridad: pretenden legalizar sus actos delictivos y más aún, hacerse ver como merecedores del botín que en el último minuto, pretenden sustraer del hogar de sus víctimas ya desbancadas.
Lo más decepcionante es la actitud que TODOS tomamos ante este tipo de situaciones, permitiendo que ladrones reincidentes a quienes nosotros mismos hemos abierto las puertas de nuestro hogar, se queden con nuestras pertenencias, los frutos del trabajo y arduos sacrificios de un pueblo entero. ¿Qué decepcionante? Pues en primer lugar, no actuamos como un bloque unido en oposición a este tipo de prácticas ya redundantes en años recientes, porque no pasamos de abrir la boca a modo de chisme sin luchar y por hacer valer nuestros derechos más fundamentales.

A los Presidentes de la Republica, cuerpos de gobierno, servidores públicos,  magistrados diputados y senadores se les ha contratado bajo condiciones laborales muy claras, como dignatarios del pueblo tienen derecho a indemnizaciones y pensiones por el solo hecho de trabajar solo 6 años y no conformes con esto se les otorgan otras prebendas como guarda espaldas, coches blindados servidumbres casas, viajes, etc., su descaro ha llegado al tal magnitud que hasta han estado intentando el vender el producto de sus robos con  iniciativas, modificando la misma Constitución y que parte de su obligación es hacerla valer y por la que fueron contratados, que es para  salvaguardarla y no para modificarla

 ¿No les ha quedado claro el mensaje?

Al igual me gustaría ver en los medios televisivos e impresos a varios periodistas y analistas utilizar el argumento del despido justificado en este caso por habérseles demostrado su deslealtad a la empresa a la que prometieron lealtad, como ocurre con muchos Mexicanos que en este caso hasta son señalándolos públicamente como delincuentes indeseables y que en ocasiones pasan años en una prisión, esta vez me gustaría hacer ver que estos periodistas y analistas utilicen los argumentos de la no contratación y reelección de estos malos servidores públicos, como son, incluso presidentes    magistrados, diputados y senadores directores, lideres sindicales, e integrantes de partidos como un despido totalmente justificado, despido que se debe aplicar  a muchos otros así como la "no contratación".

La gran diferencia entre un ladrón común y uno "de guante blanco" (a parte del poder, amistades en el gobierno es que tienen para pagar sus fianzas, para no estar mucho tiempo en la cárcel y de poder tener abogados eficaces, de ir apoyados por políticos a todos los programas de televisión para contar o justificar su historia y hacerse los mártires) y  es que estos cuando roban, nos roban a todos.

 Por eso es aún de todo esto y lo más  extraño es ver después de todos estos escándalos, la cierta aceptación social y publicitaria que se tiene, así como la imagen de éxito que se les  a intentado aparejar. Con  grandes mansiones, mujeres, coches lujosos y cuadros de incalculable valor. El mensaje que nos envían es que son "buenos" si no se les  demuestra su culpabilidad. Pareciera que los padres que  ven la televisión les dijeran a sus hijos y los pusieran como ejemplos: "Mira, me gustaría que fueras como el" porque lo han encontrado robando, que si no sería todo un genio forrado y aparte tiene todo lo que quiere.

 Luego nos parece raro, ¿a muchos?, cuando  oímos alardear a poderoso de haber podido estafar a Hacienda por no haber declarado todo lo que tiene.

Y asombra porque son estos ladrones, son los que más daño nos han hecho a todos los ciudadanos. El que roba un televisor hace daño al dueño del televisor, quienes roban al Estado, o a cualquiera de sus instituciones, se mete a la casa de cada uno de nosotros y nos hacen daño a todos. Las cuentas corrientes que todos estos ladrones tienen en paraísos fiscales, llenas de ceros, han crecido con los años gracias a que han podido desviar dinero de nuestros impuestos y han ido dejándonos a todos poco a poco sin los servicios básicos mas indispensables que necesitamos, como son los servicios de  educación y  de salud que cada día son mas deprimentes.

Un dinero que cuando son agarrados en flagrancia no mueven ni para pagar las fianzas, no sea que por tratar de obtener la libertad vayan a revelar donde tienen todo lo que han robado. Los paraísos fiscales que esta gente usa, crean infiernos sociales. Más cuando es un dinero que proviene de las arcas municipales y encima tiene la libertad de moverse por el mundo sin pagar ni un sólo impuesto.

Por eso los ciudadanos perdemos más que nunca con este tipo de delitos, porque atentan contra algo que es la suma de todos nosotros; el Estado.

No se el motivo por el cual al ladrón de un perfume, un televisor, un shampoo, una cartera, los vemos con tanto desprecio mientras que por el otro lado hasta disfrutamos como locos ver en televisión a  estos ladrones, adulados por periodistas y analistas sin escrúpulos y que algún beneficio personal han de tener, si no desde cuando debieron de haber sido denunciado y ventilado en sus programas noticiosos tantos fraudes hechos al pueblo de México.

¿Qué mérito puede tener robar el dinero de grandes esfuerzos  de todos cuando eres el encargado de cuidar y administrar de él? ¿Especular con el sueldo de todos para beneficio propio cuando eres el encargado de  administrarlo, revaluarlo, protegerlo y conservarlo? 

El banco mundial es solo esto un paraíso fiscal autollamado de globalización o monopolio que ha creado infiernos sociales en los países mas débiles como África, Cuba  y  México. 

Ver álbum de fotos »

A LOS TRABAJADORES DEL IMSS:

miércoles, 07 de mayo del 2008 a las 16:48

 

 A LOS TRABAJADORES DEL IMSS:

¿Sabias que? Hubo Consejo Nacionales 10 de abril de 2008  y ahí, acordaron ¡perjudicarnos aun más en nuestros ingresos!

¿Conoces los Reglamento del Fondo de Ayuda Sindical (FAS) y Mutualidad?    Pregunta a tu representante sindical y solicita  estos  reglamentos

¿Sabias que? Fusionaron los Seguros de Mutualidad y Fondo de Ayuda Sindical, ahora se llamará SEGURO DE PROTECCION SINDICAL POR DEFUNCION (SPSD).

Ten a la mano tú tarjetón de pago:

Localiza los conceptos 182 Fondo de Ayuda Sindical y 183 Mutualidad (ver reverso tarjetón de pago). Observa ¿cuanto te están descontando por estos conceptos? Ahora.

¿Sabías que? la  aportación era de $9.00 (FAS) de  $6.00 (Mutualidad) respectivamente hasta la 2da. Quincena de octubre de 2007.

¿Sabias que? A partir de  1ra. de Noviembre se nos descuenta  $15.00 por (Mutualidad) y $15.00(FAS) Sin que se haya aprobado dentro del Congreso del pasado mes de octubre.

¿Sabias que? Los Charros aprobaron en el Consejo (abril) se nos descontase   a todos los trabajadores incluidos los Jubilados y Pensionados la cantidad de $ 30.00 por  FAS  y $ 30.00 por Mutualidad, ilegítimos por no haber sido autorizados por el órgano máximo de gobierno estatutario (Congreso) y con el consenso  de la base trabajadora y de los Jubilados y Pensionados que ¡quedaron al margen en la toma  de decisiones!

En este tenor mencionare  los actuales descuentos a un a categoría de  Auxiliar  Universal de Oficinas ( AUO )  de  8 horas.

  • 6% de aportación al Fondo de Jubilaciones
  • 2.5% de aportación a la cuota sindical
  • 1.6% de aportación a la mutualidad
  • 1.6% de aportación al FAS
  • Lo que equivales al 12% aproximado y sin contar los impuestos el costo es considerable ya que reduce el poder adquisitivo de NOSOTROS los trabajadores, tomando en cuenta los aumentos salariales del orden del 4% en promedio estos quedan de origen totalmente rebasados.

¿Sabías que su vigencia es a partir del 11 de abril de 2008?. Es evidente que esto es una traición más.

¿Sabias que? Que dicho descuento será dinámico, es decir nos aumentaran el porcentaje según el aumento salarial alcanzado anualmente! Además se modifico el reglamento de este seguro. (Pregunta a tu representante sindical que artículos modificaron).

¿Sabias que pagan el monto de este seguro siempre y cuando los beneficiarios hagan el reclamo?

Anteriormente las cuotas de los trabajadores a la Mutualidad eran variables y se trazaban en relación al número de compañeros fallecidos, porque se editaban los nombres de los fallecidos y la adscripción a la que pertenecían.

¿Sabes cuanto recibió el CEN de las aportaciones de nosotros los trabajadores, Jubilados y Pensionados en el año  2007? Tan solo en estos dos renglones: Mutualidad (76'377,300) setenta y seis millones, trescientos setenta y siete mil trescientos, pesos y del FAS (168'413,953), ciento sesenta y ocho millones cuatrocientos,  cuatrocientos trece mil,  novecientos cincuenta y tres pesos.

¿Ya liquidarían los rezagos  de más de  año y medio de no pagar a los deudos?, según el último corte de caja publicado apenas se habían pagado 160 mil pesos por FAS y 10 mil por mutualidad? ¿y los millones que entran?(ver grafica).

 ¡R